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miércoles, 08 de febrero de 2012
Administración Electoral PDF Imprimir E-Mail
Índice del Artículo
Administración Electoral
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Interventores

Apoderados

Los apoderados pueden intervenir en cualquier Mesa de la circunscripción, exhibiendo a los Miembros de la Mesa su credencial junto con el DNI. No obstante, tienen que votar en la Mesa electoral en cuyo Censo Electoral figuren.

Los apoderados tienen derecho a acceder libremente a los locales electorales, a examinar el desarrollo de las operaciones de voto y de escrutinio, a formular reclamaciones y protestas así como a recibir las certificaciones correspondientes, siempre que no hayan sido entregadas a otro apoderado o interventor de su misma candidatura.

Representan a la candidatura en los actos y operaciones electorales y, en ausencia de sus interventores, pueden asistir a la Mesa electoral y participar en sus deliberaciones con voz pero sin voto. También pueden firmar el acta de constitución de la Junta Electoral correspondiente para el escrutinio genera y el acta de la sesión, con todas las incidencias acaecidas, y del escrutinio general. Igualmente, tienen facultad para presentar reclamaciones y protestas sobre el escrutinio general, que sólo podrán referirse a incidencias recogidas en las actas de la sesión.

Para ser nombrado apoderado es necesario ser mayor de edad y hallarse en pleno uso de los derechos civiles y políticos. Los candidatos que concurren a las elecciones pueden actuar como apoderados de su formación.

Su designación, que hay que formalizar ante notario o ante el secretario de la Junta Electoral Provincial (JEP) o de Zona (JEZ), quienes expiden la correspondiente credencial, conforme al modelo oficial. La designación puede hacerse en cualquier momento anterior a la jornada de votación, sin que se establezca una fecha límite. Tampoco existe un número máximo de apoderados a designar por cada candidatura.

Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que participen como apoderados tienen derecho a un permiso retribuido el día de la votación.



 
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