Durante la campaña electoral los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que concurran a las elecciones tienen derecho a espacios gratuitos de propaganda en las emisoras de televisión y radio de la Compañía de RTVG. La distribución de los mencionados espacios se hace en función del número total de votos obtenidos por cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia.
La distribución del tiempo gratuito de propaganda electoral en cada medio de comunicación de la Compañía de RTVG y en los distintos ámbitos de programación que éstos tengan se efectuará con arreglo al siguiente baremo:
En la TVG:
Diez minutos para los partidos, federaciones y coaliciones que no han concurrido u obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia.
Veinte minutos para aquellos que, obteniéndola, no han alcanzado el 5 % del total de votos válidos emitidos en la Comunidad Autónoma.
Treinta minutos para los partidos, federaciones y coaliciones que hayan obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia y han alcanzado entre el 5 y el 15 % del total de votos a que se hace referencia en el apartado precedente.
Cuarenta y cinco minutos para los partidos, federaciones y coaliciones que han obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia y han alcanzado, al menos, un 15 % del total de votos a que se hace referencia en párrafo b.
En la Radio Gallega:
Treinta minutos para los partidos, federaciones y coaliciones que no han concurrido u obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia.
Cuarenta minutos para aquellos que, obteniéndola, no han alcanzado el 5 % del total de votos válidos emitidos en la Comunidad Autónoma.
Sesenta minutos para los partidos, federaciones y coaliciones que han obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia y han alcanzado entre el 5 y el 15 % del total de votos a que se hace referencia en el apartado precedente.
Ochenta minutos para los partidos, federaciones y coaliciones que han obtenido representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia y han alcanzado, al menos, un 15 % del total de votos a que se hace referencia en el apartado b.
Para tener derecho a los espacios gratuitos deben presentarse candidaturas en, al menos, tres circunscripciones electorales.