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viernes, 10 de septiembre de 2010
Legislación electoral PDF Imprimir E-Mail
Índice del Artículo
Legislación electoral
Inelegibilidad e incompatibilidad
Convocatoria y sistema electoral
Administración electoral
Candidaturas y campaña electoral
Utilización de espacios gratuitos
Encuestas electorales
 

Convocatoria y sistema electoral

La convocatoria de elecciones se efectúa mediante un decreto dictado por el Lehendakari. Las elecciones se celebran 54 días después de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

La circunscripción electoral para las elecciones al Parlamento Vasco es el territorio histórico, eligiéndose 25 parlamentarios por circunscripción.

La barrera electoral está fijada en el 3% (este porcentaje fue modificado por la Ley 6/2000, pasando del 5% al 3%): para poder acceder al reparto de escaños es necesario que la candidatura haya obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en la respectiva circunscripción.

La atribución de escaños se hace aplicando el  método  d´Hont



 

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