El Real Decreto de convocatoria de elecciones generales establece la fecha en la que el Congreso de los Diputados y el Senado electos se reunirán para celebrar su correspondiente sesión constitutiva. La Constitución concreta para el Congreso de los Diputados que ésta tendrá lugar dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones. Hasta la fecha, las sesiones constitutivas del Congreso y del Senado se han celebrado, en sus sedes respectivas, el mismo día a la misma hora.
El Real Decreto de convocatoria de elecciones generales de 2008 fija la fecha de constitución de las Cámaras para el 1 de abril.
En la sesión constitutiva cada Cámara elige a su Presidente y al resto de miembros de la Mesa institucional. A continuación, diputados y senadores electos tomarán posesión de su escaño mediante el acto de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución Española.
Una vez constituida, cada cámara lo comunica al Rey, a la otra cámara y al Gobierno. El Senado, además, lo comunica a las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
Adquisición plena de la condición de parlamentario
El acto de toma de posesión del escaño por diputados y senadores tiene especial relevancia. De una parte, es imprescindible para que los partidos políticos puedan percibir la subvención electoral que establece la ley. De otra parte, es un requisito necesario para que diputados y senadores adquieran la condición plena de parlamentarios y puedan ejercer sus funciones institucionales, así como para que se hagan efectivos sus derechos y prerrogativas.
El perfeccionamiento de la condición de parlamentario requiere, además de la toma de posesión, de otros dos requisitos: presentar la credencial de parlamentario expedida por la Administración electoral (Junta Electoral Provincial) y cumplimentar la declaración de actividades.
La fórmula de acatamiento a la Constitución
El Reglamento del Senado incluye la fórmula que habrá de utilizarse para acatar la Constitución y que es la siguiente: "¿Juráis o prometéis acatar la Constitución?" Los Senadores se acercarán sucesivamente ante la Presidencia para hacer la declaración, contestando "sí, juro" o "sí, prometo" (artículo 11.3 RS).
La fórmula de acatamiento, así como la Resolución de la Presidencia del Congreso fueron objeto de polémica en su momento, cuando los tres diputados de Herri Batasuna electos en 1989, anunciaron que acatarían la Constitución anteponiendo la expresión por imperativo legal a la fórmula. El anuncio motivó la citada Resolución de la Presidencia con el fin de que hubiera un marco reglamentario exigible. Pero los tres parlamentarios batasunos utilizaron el añadido y el entonces Presidente de la Cámara, Félix Pons, les negó haber adquirido la condición de diputados.
Los tres diputados presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que les da la razón y validan la fórmula en sentencia de 21 de junio de 1990, fallada por unanimidad.
La expresión ha sido utilizada desde entonces por los diputados de Esquerra Republicana y Eusko Alkartasuna. En la sesión constitutiva de la última legislatura, en 2004, se sumaron los diputados del Partido Nacionalista Vasco, Nafarroa Bai y Bloque Nacionalista Gallego.