| La Jornada Electoral |
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Reunión en el localA las 8 de la mañana del día fijado para la votación, y en el local correspondiente, se reúnen el Presidente y los Vocales, con sus respetivos suplentes, para constituir la Mesa Electoral. Si el Presidente no acude, le sustituye uno de sus suplentes, por orden de designación. Si no ha acudido ninguno, toman posesión como Presidente los Vocales, por su orden, quienes a su vez son sustituidos por sus suplentes. No puede constituirse la Mesa sin la presencia de un Presidente y dos Vocales. En el caso de que no pueda cumplirse este requisito, la Junta designa libremente a las personas que habrán de constituir la Mesa electoral, pudiendo incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores que se encuentren presentes en el local. En todo caso, la Junta informa al Ministerio Fiscal de lo sucedido para el esclarecimiento de la posible responsabilidad penal de los miembros de la Mesa o de sus suplentes que no comparecieron. Si pese a todo no pudiera constituirse la Mesa una hora después de la legalmente establecida para el inicio de la votación, se comunica esta circunstancia a la Junta de Zona, que convocará para una nueva votación en la Mesa, dentro de los dos días siguientes. Una copia de la convocatoria se fijará inmediatamente en la puerta del local electoral y la Junta procederá de oficio al nombramiento de los miembros de la nueva Mesa.
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