Las formaciones políticas y las candidaturas que se presentan a las elecciones deben designar a una serie de personas para representarlas ante la Administración Electoral o estar presentes en las diferentes operaciones electorales.
Algunos de estos nombramientos son obligatorios, como los representantes y administradores generales y de candidatura. Otros son de designación voluntaria: apoderados e interventores, que realizan su función, fundamentalmente, el día de la votación y en el escrutinio de votos.
Las funciones de ambos es la de colaborar a la limpieza del proceso electoral, para lo que pueden formular todas las reclamaciones que consideren oportunas, y que habrán de ser resueltas por la Mesa.
Los recursos contencioso electorales sólo se pueden plantear respecto de las reclamaciones que, en el momento apropiado, hubieran sido presentadas por los interventores y apoderados, de tal manera que la no presentación de reclamaciones por parte de los representantes de las candidaturas significa la aceptación de los hechos y, por tanto, impide su reclamación a posteriori.
Mientras que los interventores sólo pueden actuar en la Mesa Electoral para la que han sido designados, los apoderados pueden ejercer sus funciones en cualquier Mesa de la circunscripción (que es la provincia, en las elecciones generales).
En este sentido, los interventores votan en la mesa en la que desempeñan sus funciones, mientras que los apoderados lo hacen en la que les corresponda según el censo.
Interventores
Los interventores deben personarse ante la Mesa entre las 8 y las 8’30 horas de la mañana de la jornada electoral, para proceder a su acreditación. Votan en la Mesa ante la que han sido acreditados y al término de la jornada electoral, una vez que el presidente de la Mesa haya anunciado en voz alta que ha concluido la votación y después de que se hayan introducido en las urnas los votos remitidos por correo. Cuando el interventor no esté inscrito en la circunscripción electoral correspondiente a la Mesa en la que vaya a desempeñar sus funciones, ejercerá su derecho de sufragio mediante el voto por correspondencia.
Para ser nombrado interventor, además de ser mayor de edad y hallarse en pleno uso de los derechos civiles y políticos, deben estar inscritos en el censo electoral. La modificación de la LOREG de 2003, motivada por el clima de amenazas alentado por el entorno de ETA, suprimió la obligación para los interventores de estar censados en la misma circunscripción para la que eran designados.
El plazo para su designación es hasta tres días antes de la elección, y el representante de la candidatura puede nombrar dos interventores por cada Mesa Electoral mediante la expedición de credenciales talonarias firmadas por él.
Tienen derecho a examinar las papeletas disponibles y facilitar las de su candidatura, si faltaran durante la jornada electoral, a comprobar la identidad del elector y su inscripción en el censo electoral y reclamar si tiene alguna duda sobre él, y a formular reclamaciones o protestas que deberá resolver la Mesa.
Pueden obtener una copia del acta de escrutinio de la Mesa, firmar los sobres de documentación electoral que deben enviarse a la Junta Electoral correspondiente para el escrutinio general y acompañar al Presidente y a los Vocales a la sede del Juzgado de Primera Instancia o de Paz en cuya demarcación esté situada la Mesa, para entregar la documentación electoral.
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que participen como interventores tienen derecho a un permiso retribuido el día de la votación, si es laborable, y a una reducción de la jornada laboral de cinco horas el día inmediatamente posterior.
Los interventores tienen derecho a:
asistir a la Mesa electoral y participar en sus deliberaciones, con voz pero sin voto.
Obtener una certificación del acta de constitución de la Mesa
Facilitar papeletas de su candidatura, si faltaran, durante la jornada electoral
Reclamar si tiene alguna duda sobre la identidad de quien acuda a votar.
Comprobar la identidad del elector y su inscripción en el censo electoral
Firmar, con los vocales de la Mesa, la lista numerada de votantes
Inmunidad: no pueden ser detenidos durante las horas de elección en que ejerzan sus funciones, salvo en caso de flagrante delito[1].
Acceder a los locales electorales
Examinar las papeletas, en el acto de escrutinio en la Mesa electoral.
Formular reclamaciones o protestas que deberá resolver la Mesa
Obtener una copia del acta de escrutinio de la Mesa
Firmar el acta de la sesión[2] de la Mesa y obtener una copia de la misma
Firmar los sobres de documentación electoral que deben enviarse a la Junta Electoral correspondiente para el escrutinio general.
Acompañar al Presidente y a los Vocales a la sede del Juzgado de Primera Instancia o de Paz en cuya demarcación esté situada la Mesa, para entregar la documentación electoral.
Apoderados
Los apoderados pueden intervenir en cualquier Mesa de la circunscripción, exhibiendo a los Miembros de la Mesa su credencial junto con el DNI. No obstante, tienen que votar en la Mesa electoral en cuyo Censo Electoral figuren.
Los apoderados tienen derecho a acceder libremente a los locales electorales, a examinar el desarrollo de las operaciones de voto y de escrutinio, a formular reclamaciones y protestas así como a recibir las certificaciones correspondientes, siempre que no hayan sido entregadas a otro apoderado o interventor de su misma candidatura.
Representan a la candidatura en los actos y operaciones electorales y, en ausencia de sus interventores, pueden asistir a la Mesa electoral y participar en sus deliberaciones con voz pero sin voto. También pueden firmar el acta de constitución de la Junta Electoral correspondiente para el escrutinio general y el acta de la sesión, con todas las incidencias acaecidas, y del escrutinio general. Igualmente, tienen facultad para presentar reclamaciones y protestas sobre el escrutinio general, que sólo podrán referirse a incidencias recogidas en las actas de la sesión.
Para ser nombrado apoderado es necesario ser mayor de edad y hallarse en pleno uso de los derechos civiles y políticos. Los candidatos que concurren a las elecciones pueden actuar como apoderados de su formación.
Su designación, que hay que formalizar ante notario o ante el secretario de la Junta Electoral Provincial (JEP) o de Zona (JEZ), quienes expiden la correspondiente credencial, conforme al modelo oficial. La designación puede hacerse en cualquier momento anterior a la jornada de votación, sin que se establezca una fecha límite. Tampoco existe un número máximo de apoderados a designar por cada candidatura.
Las facultades de los apoderados son:
ostentar la representación de la candidatura en los actos y operaciones electorales.
en ausencia de interventores de su candidatura, pueden asistir a la Mesa electoral y participar en sus deliberaciones con voz pero sin voto.
firmar el acta de constitución de la Junta Electoral correspondiente para el escrutinio general
firmar el acta de sesión, con todas las incidencias acaecidas, y de escrutinio general[1]
presentar reclamaciones y protestas sobre el escrutinio general, que sólo podrán referirse a incidencias recogidas en las actas de la sesión.
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que participen como apoderados tienen derecho a un permiso retribuido el día de la votación.
Hola. Yo estaba empadronada en un municipio y por circunstancias laborales el dia 11/03/2011 me empadrone en otro lugar. Mi pregunta es donde debo yo votar el dia 22/05. Puedo votor donde estoy empadronada actualmente
Entonces por ejemplo en mi situación: me dí de baja a finales de Enero de un municipio, ya voto en el nuevo destino, no? Es que como me habían dicho que la baja no le llega al ayuntamiento hasta los 10 primeros días del mes siguiente al que se ha solicitado el alta y como al hacerlo en enero pues al ayuntamiento de destino le habrá llegado en febrero y como el 1 de febrero se cierra el censo, por eso mis dudas
Depende de la agilidad de los ayuntamientos en la tramitación de las altas y bajas. Tendrías que consultar el censo, que está disponible para su consulta hasta el 11 de abril.
podrías darnos alguna referencia legal sobre la posibilidad de compatibilizar el puesto de candidato en una lista municipal o autonómica con el puesto de interventor o apoderado en la misma circunscripción electoral, ya que la ley electoral no recoge esta posibilidad parece. Muchas gracias de antemano
La LOREG no lo recoge como incompatibilidad, por tanto se permite. De hecho, hay mucho acuerdos de la Junta Electoral Central avalando que el hecho de ser candidato no inhabilita para desempeñar el cargo de interventor, por ejemplo, de 27 de mayo de 1999.
Hola! mi partido me "obliga" a que salga de interventor pero padezco de mucha ansiedad desde hace tiempo y de aerofagia...
¿Cómo pued hacer para no ir este día, o por lo menos que me dejen de salir xq me entra mucha ansiedad y sólo de pensar q tengo q estar encerrado tantas horas sin salir de allí con la de gases que tengo y problemas digestivos... me pongo muy malo. Mi familia me entiende xo a mí me da palo de tener q decir todo esto.
Hola Amigos.
Los interventores tienen derecho a 5 horas al día siguiente, ahora la duda,
el día anterior de las elecciones trabajo de noche (noche del sabado a domingo) y salgo a las 6 de la mañana ¿podría coger las 5 horas de interventor esa noche? ¿o por el contrario me debe facilitar la empresa el cambio de turno el día anterior?
Gracias
Seré apoderado, o interventor de una candidatura en las proximas elecciones municipales, y me han enviado una carta para que forme partre de una mesa electoral. ¿se pueden ser las dos cosas al mismo tiempo?, ¿es causa suficiente para no formar parte de la mesa?
Me ha tocado ser presidente, con 19 años, no he tenido oportunidad de votar nunca, así que estoy bastante alejado de como funciona todo eso. ¿ Algún experimentado en el asunto puede decirme si es tan difícil como lo plantea el manual, con tantos documentos de los que estar pendiente y rellenar o si es más bien una tarea fácil y aburrida?
Ya verás cómo no es tan complicado. Además, tienes la ayuda de los otros miembros de la mesa.
También hay apoderados e interventores de los partidos que se presentan que, en muchos casos, ya han estado en otros procesos electorales y que te pueden aconsejar, además del representante de la Administración y las Juntas Electorales.
Mi pregunta es la siguiente trabajo en una empresa del sector lácteo y me nombran interventor de una mesa en las próximas elecciones municipales tengo algún derecho de horas al dia siguiente gracias
Si no se es apoderado o interventor, ni pertenece a la mesa de votacion, ¿puede permanecer en el lugar de la votacion o el interventor o apoderado le puede pedir que abandone la sala?
1. El Presidente de la Mesa tiene dentro del local electoral autoridad exclusiva para conservar el orden, asegurar la libertad de los electores y mantener la observancia de la Ley.
2. El Presidente de la Mesa vela por que la entrada al local se conserve siempre libre y accesible para las personas que tienen derecho a entrar en el.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 87, sólo tienen derecho a entrar en los locales de las secciones electorales los electores de las mismas, los representantes de las candidaturas y quienes formen parte de ellas, sus apoderados e interventores; los notarios, para dar fe de cualquier acto relacionado con la elección y que no se oponga el secreto de la votación; los agentes de la autoridad que el Presidente requiera; los miembros de las Juntas Electorales y los jueces de instrucción y sus delegados; así como las personas designadas por la Administración para recabar información sobre los resultados del escrutinio.
4. Nadie puede entrar en el local de la sección electoral con armas ni instrumentos susceptibles de ser usados como tales. El Presidente ordenará la inmediata expulsión de quienes infrinjan este precepto.
5. Los notarios podrán dar fe de los actos relacionados con la elección, incluso fuera de su demarcación, pero siempre dentro de la misma provincia y sin necesidad de autorización especial. Durante el día de la votación los notarios deberán encontrarse a disposición de los partidos, coaliciones, federaciones y agrupaciones en su domicilio o en el lugar donde habitualmente desarrollen su función.
voy ha ser interventor el dia 22 y quería saber(por que ese día tendría que trabajar), quien o donde tengo que pedir el justificante para mi empresa.
GRACIAS
quiero preguntarte que prima ser 1 vocal o ser apoderado
es decir te toco ser en las mesas 1 vocal pero tienes la representacion de un partido politico como apoderado
que te tocaria ser
Hola voy a ser interventor en las proximas elecciones .Quisiera saber que pasaria y que castigo tendria el secretario del ayuntamiento o cualquier otra persona que me quisiera impedir hacer alguna protesta o impugnar algun voto .¿pUEDE UN SECRETARIO MUNICIPAL CONTAR VOTOS ETC SI NO ESTA NOMBRADO POR LA JUNTA ELECTORAL?LO PREGUNTO PORQUE EL DE MI PUEBLO ESTA ACOSTUMBRADO A HACERLO
Salvo que sea miembro de mesa electoral, apoderado o interventor, no puede participar en el escrutinio. Como interventor podrías hacer constar en el acta de escrutinio la queja, que se elevaría a la Junta Electoral. Pero nos extraña que los miembro de mesa, en quienes recae la autoridad durante la jornada, permita que nadie se inmuscuya.
La LOREG y doctrina de la JEC dicen que pueden ostentar emblemas o adhesivos con el nombre y siglas del partido o coalición y la palabra "interventor" o "apoderado" a los puros efectos de identificación y no con el fin de hacer campaña.
hoy he sabido que me toca el 22 ser 1º vocal, llego de turquia de un viaje de trabajo el 21 por la trde si pasara algo con mi vuelo que me podria ocurrir?
si ejerzo el 22 de vocal tendre un sustituto para ir a comer, o cualquier otra necesidad?
sé que en mi mesa van a haber varios apoderados dando la lata. pueden estar sentados alli donde esté la mesa? podeis especificarme que es lo que no pueden hacer, porque me lo veo venir
voy ha ser interventor el día 22, mi jornada laboral ese día es de 12 horas.¿el pr para ese día cubriría las 12 horas o cibriría un tanto de horas saliendo ha deber? gracias
En nuestra opinión, puesto que un policía en activo no puede ser candidato ni formar parte de una mesa electoral, lo lógico es que tampoco pueda ser apoderado o interventor.
Consulta sobre causa de inelegibilidad para presentarse a las elecciones locales de Policía Nacional en segunda actividad sin destino.
Acuerdo:
Trasladar que la Junta Electoral Central tenía acordado que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía que no se encuentren en la situación administrativa de activo o asimilada a la de activo (asimilación que no se produce en las situaciones de reserva activa o de segunda actividad) no están incursos en las causas de inelegibilidad establecidas en el artículo 6 de la LOREG. Tal doctrina fue rectificada posteriormente por la Junta al entender que los miembros de las Fuerzas Armadas, de la Guardia Civil y de la Policía en situación de reserva activa, en cuanto la misma no implica la cesación de la relación profesional activa en dichas instituciones, han de considerarse inelegibles a la luz de lo establecido en el artículo 6.1.i) LOREG.
Como tengo que solicitar el permiso para ser interventor el dia de las elecciones? como deber inexcusable publico o personal o dia de libre disposición. Gracias
Voy a ser vocal en las próximas elecciones municipales del 2011.
1. ¿Cómo es la forma de cobro de la dieta retribuida por la administración?
2. Según el Manual para los Miembros de las Mesas Electorales "Durante toda la jornada electoral la Mesa ha de contar con la presencia, al menos, de dos de sus miembros". ¿Quiere decir esto que los miembros de la mesa se pueden turnar para ir a comer? En caso afirmativo,¿hay algún tiempo establecido para ello?
3. Para solicitar el permiso de 5 horas en el día posterior a la votación ¿es suficiente con el documento de notificación de designación como miembro de la mesa que he recibido, o me pueden emitir algún certificado de que he asistido a la Mesa?
Hola, mi pregunta es, ¿cuanto tiempo de permiso me corresponde si voy de apoderado en las elecciones , y coincidiendo de que me toca trabajar la la noche del sábado y la del domingo?.
Gracias.
Hola, yo seré apoderada de un partido el próximo 22 de mayo y me toca trabajar.
- ¿a qué tengo derecho por ser apoderada? ¿me pueden descontar el día en la empresa?
- ¿cómo justifico la ausencia de ese día al trabajo?
- ¿me corresponde cobrar algo del Estado por el hecho de ser apoderada?
- Tienes derecho a la jornada completa retribuida el día de las elecciones.
- Presenta en tu empresa la notificación de que has sido designda miembro de mesa electoral.
- Los apoderados no cobran del Estado.
Hola, que tal, yo participo de interventor en los momentos de elecciones, desde que cumplir los 18. Me gustaría que alguien me ayudara, a saber si tengo derecho, a la reducción de permiso retribuido de las 5 horas el día siguiente, pero en turno de tarde.
Hola, el día 22 formo parte de la mesa electoral en mi municipio, en cargo de Presidente y mi hermano en la misma mesa en cargo de 1er vocal, es normal esta designación? se realiza al azar? y por último, nos pertenecen 5 horas de permiso en la jornada laboral del día 23? un saludo y gracias por vuestra labor.
Uno normalmente eso se hace a sorteo, asi que llamalo coincidencia.
Y dos tanto tu como a tu hermano os pertenece las 5 horas al día siguiente.
Saludos.
Buenas, mi cuestión gira en torno a las diferencias entre apoderado e interventor, en cuanto a los días de permiso por asumir tal cargo. Asimismo, ¿tiene el apoderado derecho al permmiso de 5 horas en la jornada inmediatamente posterior??, o ¿ha de trabajar a pesar de haber permanecido el mismo tiempo que el interventor'
me gustaría saber si los apoderados cuentan con los mismo derechos de reducción de 5 h en la jornada de trabjado inmediatamente posterior comolos apoderados
¿Tiene un apoderado que normalmente trabaja el domingo derecho a cobrar exactamente lo mismo que si acudiera a su centro de trabajo, complementos como la festividad incluidos?
Ese dependera de cada partido politico, pero normalmente, ninguno te paga, solamente, te da como mucho un bocadillo, o bien se hace en la sede una comida, para que vaya los interventores o los apoderados.
Había expresado a candidatos mi disposición a ser interventor en las próximas elecciones municipales/autonómicas. Ahora dos de diferentes partidos me han respondido que están gestionándolo. ¿Se puede representar como interventor a más de un partido, o tendré que decantarme por uno solo de ellos?.
Los interventores son los representantes de las candidaturas y una de sus funciones es la de impugnar los votos que consideren dudosos, por ejemplo.
No parece muy adecuado que seas interventor de dos partidos...
Por motivos familiares para el día de las elecciones solicité y aceptaron en la Junta Electoral Provincial mi renuncia a ser vocal de Mesa.
¿Podría suponerme algún problema con la Admón acudir como interventora o apoderada? ¿Se comprueban estos datos?
Hola voy a ser apoderado el día 22 de Mayo. De mi partido no va a haber ningun interventor por lo que yo firmaré las actas y demás como si fuese interventor. ¿Me corresponden las horas al día sisiguiente?
Hola. Voy a ser interventora el próximo 22 de mayo. Necesito saber si los interventores deben encontrarse obligatoriamente en la mesa electoral durante todo el día o si pueden ausentarse en determinados momentos del día. Por motivos de salud, yo debo ir a casa cada 5 horas aproximadamente. Así que debería ausentarme de la mesa un par de veces durante el día.
Soy interventor de un partido politico, y el dia siguiente no trabajo por cuadrante del calendario, ¿pierdo las 5 horas que debian de compensarme? o son trasladadas al dia siguiente que debia de trabajar.
un interventor de partido acreditado para un pueblo de jaen y que esta censado en granada....por ser interventor en dicho pueblo puede votar donde este de interventor o tiene que ir donde este censado?
En caso de que una persona haya efectuado el voto por correo, y se presentara a votar en su colegio ¿puede hacerlo o cuenta el voto por correo? Gracias
hola voy a ser interventora y queria saber si puedo levantarme de la mesa para ir al baño las veces que quiera, porque todavia me estoy recuperando de una cistitis.
juan miguel galvez
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¿puedo ser apoderado siendo po
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18-05-2011 09:40:22
buenos dias, soy policia local, y para el proximo dia 22 mi partido me ha nombrado apoderado.ese dia estoy de servicio ordinario en mi ayuntamiento.¿como policia local me tienan que quitar el servicio?¿me corresponden las 5h del dia 23?gracias
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Y es la primera vez que acudo...tengo algunas dudas que me gustaría que me resolvieran. Gracias de antemano.
La mesa para seguir estando constituida tiene que tener dos miembros siempre....¿el Presidente ha de estar a la fuerza siempre presente o puede ausentarse? si fuera así ¿quien lo sustituye a él?
Me han dicho que en la mesa en la que estaré habrá otro interventor por mi partido y además apoderado...¿todos tenemos que pedir copia del acta de constitucion y de escutrinio habiendo más de un interventor del mismo partido? se me hace un poco tonto cogerla todos si hay más de una persona.
La misma duda me surge porque me han dicho que una vez finalizado todo el proceso debemos llamar a la sede del partido para dar los resultados...¿los dos interventores han de hacerlo?
Otra duda... los extranjeros pueden votar en las municipales, ¿qué documento pueden aportar para acreditar su identidad? ¿y si pertenecen a la Comunidad Económica Europea? Gracias.
1) En la mesa debe haber en todo momento un mínimo de dos miembros. El presidente puede ausentarse y ser sustituido por un vocal.
2)Según el art. 83.4 LOREG, el presidente da una sóla acta de constitución a cada partido.
3)Art. 98 y 99 LOREG: todos tenéis derecho a que os expidan un acta de escrutinio.
4) Los ciudadanos de la UE y los de países que tengan suscrito un convenio de reciprocidad con España pueden votar en las elecciones municipales siempre que hayan manifestado su voluntad de votar en España.
Hola!!os c0mento mi caso, resulta que me llegó la notificación de que había sido designada como presidenta 2ª suplente, la cuestión es que no me preocupe pues estuve indagando y vi que para que denegasen el puesto los que iban delante de mi tenía que ser una causa muy justificada. Ayer me llegó una carta diciendo que la presidenta había denegado y pasaba yo a ser primera suplente y hoy me llega otra diciendo que la persona que iba delante mia también ha presentado justificación por lo que paso a ser presidenta. Me gustaría saber quienes son esas personas y el motivo deque no puedan asistir pues solo me pone las inicales. ¿Estoy en mi derecho? Es decir, ¿me deberían informar de los motivos y las personas que son? Pues deben ser de mi barrio y me resulta sospechoso que dos personas por delante tengan causa más que justificada para no asistir. Muchas gracias por adelantado.
Hola¡¡¡¡ Soy interventos por parte de un partido, y me ha tocado en una mesa (es un pueblo pequeñito) que por diferencia con los votantes de dicha mesa no quisiera estar. Una vez constituida la mesa, podemos cambiarnos los interventores por otros dos que haya en otra mesa de otro colegio, y a la hora del recuento volver a la mesa?? Y en su defecto, puedes ausentarte de la mesa todo el tiempo que quieras???
Si en un municipio de la provincia de zaragoza hay acreditado un interventor que esta censado en otro municipio,¿en las elecciones locales no podra votar al pertenecer a otra circunscripcion electoral y votaria por correo en la mesa donde este censado?¿ y en las autonómicas al ser la misma provincia vota en la mesa donde este acreditado?
Art. 79 LOREG: "Los interventores ejercen su derecho de sufragio en la mesa ante la que están acreditados. Cuando no esté inscrito en la circuscripción electoral correspondiente a la Mesa en la que vaya a desempeñar sus funciones, ejercirá su derecho de sufragio mediante el voto por correspondencia". En las elecciones muncipales la circunscripción es el municipio. En las autonómicas, la provincia, por tanto, en este caso, sí podría votar en la mesa en la que está acreditado.
Hola, el dia 22 voy a ser apodrado de mi partido y mis preguntas son las siguiente:
1- Puedo votar a primera hora sin identificarme como apoderado o siendolo me debo identificar como apoderado y luego votar.
2- Ya se que como apoderado puedo visitar todas las mesas de mi colegio pero puedo visitar las demas mesas de otros colegios dentro de la comunidad.
3- El sabado y domingo trabajo de noche, como apoderado tengo derecho a que la empresa me cambie el dia de trabajo o me de el domingo a librar y si asi fuere lo puedo comunicar a la empresa con tan pocos dias de antelación.
4tº y ultimo Me pueden decir todas las funciones de un apoderado el dia de las elecciones.
Gracias
los apoderados votan en la mesa en la que están empadronados, como un ciudadano más.
Puedes visitar las mesas de tu circunscipción.
Tienes derecho a tener el domingo libre.
En cuanto a las funciones, están especificadas en la guía práctica
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HOLA. HE SIDO SELECCIONADA COMO 1ª VOCAL EL DOMINGO 22. SE QUE EXISTE EL DERECHO DE DESCANSO DE LA JORNADA LABORAL DE 5H AL DIA SIGUIENTE. MI PREGUNTA ES SI SOLAMENTE ES PARA EL PERSONAL QUE TRABAJA POR LA MAÑANA O TAMBIEN ESTA INCLUIDA LA GENTE QUE TRABAJA POR LA TARDE.
MI COORDINADOR ME HA DICHO QUE SI ESTUVIERA TRABAJANDO POR LA MAÑANA SI QUE TENDRÍA ESTE DERECHO PERO AL SER POR LA TARDE CUANDO TENGO QUE TRABAJAR YA HE DESCANSADO LO SUFICIENTE Y NO TENGO ESTE DERECHO. ¿ESO ES VERDAD O INCLUYE TODA LA JORNADA LABORAL DEL DIA INMEDIATAMENTE POSTERIOR TANTO SI ES TURNO DE MAÑANA COMO DE TARDE?.
GRACIAS.
El estatuto de los trabajadores indica "reduccion de su jornada de trabajo de 5 horas el dia inmediatamente posterior".
Si no trabajas el lunes, martes, miercoles... ¿no deberias de tener tambien tus 5 horas?, puesto que se indica JORNADA DE TRABAJO el dia inmne, y tus dias libres y tus vacaciones, no estan entendidas en su concepto por jornada laboral Y/O trabajo, y porque decir dia inmediatamente posterior, en lugar de decir al siguiente dia de las elecciones.
Vamos que nos expliquen para los profanos, si es el lunes, o no es el lunes unicamente. Porque siempre hay dos maneras de interpretar las cosas, desde el punto de vista empresarial y desde el trabajador.
Voy a ser apoderado en 22 y quisiera saber si cuando terminen las votaciones puedo ir a varias mesas e ir comprobando que todo es correcto o tengo que estar solo en una, ¿podría ir a varios colegios? ¿puedo pedir el acta de escrutinio en varias mesas?
Otra cosa, ¿que pasa si llego a una mesa y no hay papeletas de mi partido para votar?.
Puedes visitar varias mesas y recoger las actas, si no las ha recogido otro interventor de tu partido.
Si no hay papeletas, tienes aque instar al presidente para que las reclame, e incluso, parar la votación hasta que lleguen
hola me gustaría saber pueden llevar los apoderados una camisa del partido político donde no ponga vote solo el nombre del partido, o alguna identificación del partido como gorras carnet algo así
voy de interventor por un partido politico, pero me han puesto en un colegio que me pilla muy mal. Puedo ir y votar simplemente, sin tener que quedarme todo el dia... se supone que estoy censado alli no?? al ser interventor. PUEDO NO IR, Y LLEGARME A VOTAR SIMPLEMENTE??
Si durante la jornada de votacion, un apoderado o interventor, nota que faltan papeletas de su partido, sea en mesa o en cabina, como debe proceder?
Quien es el responsable de que haya papeletas de todos los partidos y como proceder si no es asi?
Un saludo y muchas gracias
hola soy de salamanca estube en la mesa electoral y nos dijeron que cobrariamos las dietas al dia siguiente pero a mi no me las han ingresado en el caso de no recibirlas donde puedo ir a reclamar no tengo ni idea alquien me puede ayudar
!!Hola!! tengo 18 años y estoy estudiando y me gustaría poder realizar alguna función remunerada en las elecciones pues me interesa bastante su funcionamiento ¿Podría decirme que función debo elegir interventora, apoderada u otro? y cómo hacerlo, donde inscribirme etc. graciaaaaas
!!!Hola!!! soy estudiante y me gustaría realizar algún trabajo remunerado en las próximas elecciones pues me interesa muchiiisiimo las elecciones y su funcionamiento ¿podría imformarme de que tarea puedo realizar? ¿dónde debo inscribirme? gracias
Mª MERCEDES FIERRO VALDERREY
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Representante de la Administra
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05-10-2011 12:23:35
Hola: He sido representante de la Administración de la Comunidad de Madrid en las dos elecciones autonomicas pasadas y me gustaría saber como puedo apuntarme para lo mismo en las elecciones generales. Vivo en Madrid capital. Gracias
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Arículo 86.3: "...Inmediatamente, el elector entregará por su propia mano al Presidente el sobre
o sobres de votación cerrados. A continuación éste, sin ocultarlos ni un momento a la vista del
publico, dirá en voz alta el nombre del elector y, añadiendo
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Soy afiliada a un partido politico del cual presidente local me pide de ser apoderada el dia de la elecciones de noviembre 2011.
¿Siendo una extranjera es possible visto que no tengo derecho de voto?
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¿Es posible ofrecerse para trabajar en una mesa electoral como presidente, vocal, etc...? ¿Pagan por ello?
En el caso de que a mi pareja le toque permanecer en una mesa electoral, si ella no puede por trabajo, ¿puede ofrecer a otra persona para sustituirla (vease, a mi)?
Si no tuvieras que quedarte, podrías ser interventor.
Por otra parte, cuando te nombren interventora puedes presentar alegaciones para que te eximan de ser suplente y designen a otro.
El domingo 20/11 seré interventora y me toca trabajar lunes 21/11 a las 22h hasta las 6h de la mañana. Con la reduccion de 5 horas: entro a las 22h y trabajo solo hasta las 1h? en total 3 horas. Es eso correcto?
Buenas tardes, he visto que si no hay interventores de su candidatura, los apoderados pueden tomar posesión como interventores
ante la Mesa (y desde ese momento ya no podrán ejercer la función de apoderado
en otras Mesas)
Me gustaría saber si en tal caso tendría derecho a reducción de 5 horas del día siguiente.
Gracias
Buenas tardes. Me acaba de llegar la citación en la que me acredita como presidenta de una mesa electoral el próximo 20 de noviembre. Mis preguntas son:
-Me dan comida al medio día o tengo que desplazarme a mi casa o llevarme algo para comer allí?
-Puedo ir al aseo tantas veces como quiera?
Somos una web privada y no tenemos acceso a los datos del censo.
Puedes consultar tu situación en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo, en tu Ayuntamiento o, si tienes certificado electrónico, en la página web del INE: https://sede.ine.gob.es/ss/Satellite?c=SETramite_C&cid=1254734895886&lang=es_ES&p=1254734719739&pagename=SedeElectronica%2FSELayout
Yo fui vicepresidenta de mesa en las elecciones las primeras votaciones no tuve problema ni en cuanto a la comida ni a la hora del cobro pero en las elecciones generales el correo no mando las viandas con comida la calidad de la tinta y los sellos eran de muy baja calidad como broche final a la hora de ir a cobrar segun calendario de pago me dijeron que la plata no estaba depositada y q no sabian cuando debia regresar alguien sabe que paso??????????? muy raro esto no quisiera pensar mucho pero mmmm
Yo voy de interventora por mi partido el dia de las eleciones pero ese dia entro a trabajar a las 22h y salgo a las 8h. Mi pregunta es si tengo derecho a la libraza retribuida de esa noche.
Porque si "tienen" que darme el dia entero más cinco horas del día siguiente ¿tendria que entrar a trabajar a las 5 de la madrugada?
Por cierto, por si es relevante soy personal contratado de una institución pública.
Preguntamos en la JEC y nos dijeron que cuando se entra a trabajar el día electoral (el 20) se tiene derecho a la jornada completa.
Si, además, el lunes, tuvieras que trabajar, tendrías derecho a cinco horas.
RESOLUCIÓN.- Es doctrina de esta Junta que con el objeto de facilitar el cumplimiento de los deberes de los miembros de las Mesas electorales durante la jornada electoral, el turno de noche que comienza el día de la votación habrá de computarse como jornada laboral del día electoral, al tiempo que el derecho de reducción de 5 horas de la jornada de trabajo puede ejercerse en el turno de noche siguiente del trabajador, siempre y cuando este turno se inicie el día inmediatamente posterior al de las elecciones (Ac. de 9 de junio de 2004).
Hola, Yo soy Policía Local y en las próximas elecciones el 20-N una formación política me ha pedido ser apoderado. Estoy fuera de servicio. ¿Hay algún impedimento legal o algún tipo de incompatibilidad que me impida ser ese día apoderado de una determinada formación?
Puede ser interpretable, ya que los policías locales son inelegibles (no se pueden presentar a las elecciones)y, por ejemplo, entre otras cosas, no pueden ser miembros de las mesas electorales.
Te aconsejaríamos que el partido haga una consulta a la Junta Electoral de Zona, para que te quedes más tranquilo.
no se en donde me toca votar, ya que en marzo 2011 me empadroné en mi nuevo domicilio, es que ha mi madre si le ha llegado el paapel de la mesa y el nombre del centro y a mi esta vez no, solo me ha venido la carta del psoe con su contenido y mi nombre, pero no se si debo votar en mi antiguo domicilio o en el nuevo y saber también en que colegio o instituto eso en donde me tendría que enterar soy de jaén capital en espera de su respuesta lo antes posible
Si te ha llegado información de algún partido a tu domicilio es que estás censada en él, ya que los partidos utilizan la información que les facilita la Oficina del Censo.
Con tu deirección, puedes encontrar en esta página la mesa donde tienes que ir a votar:
https://sede.ine.gob.es/ss/Satellite?c=SETramite_C&cid=1254735541845&lang=es_ES&p=1254734719739&pagename=SedeElectronica%2FSELayout
Buenas Noces mi pregunta es que ¿si a los interventores se les obliga a llevar una identificacion como que eres interventor de dicho partido o no hace falta llevar acreditacion?
Buenas tardes, he recibido el documento conforme tengo que ser vocal en las próximas elecciones. Segun el cuadreno que nos han enviado a casa se paga 62.61 euros. Mi pregunta es como y cuando te hacen el pago.
el próximo domingo quiero estar con mi partido como apoderado, soy funcionario de prisiones ,puedo?
Tengo derecho al día libre de trabajo?
Cómo tengo que justificarlo?
Saludos
Buenos dias,
Hace un par de semanas me apunte a mi partido para ser apoderado, me ha llegado una notificacion para recoger las credenciales pero ahora me ha surgido un improvisto de salud con un familiar y no puedo estar todo el dia en la mesa electoral.
Puedo llamar a mi partido y anular mi solicitud o una vez hechas las credenciales no se puede???
GRACIAS.
No está claro, ya que, por ejemplo, como son inelegibles, no pueden formar arte de las mesas electorales. Te aconsejamos que tu partido haga una consulta a la Junta Electoral de Zona.
Soy interventor de un partido para Elecciones Generales, pero no puedo ir. Que debo hacer? Donde puedo votar, porque si me han borrado de mi mesa, y tengo que votar en la mesa que voy de Interventor, pero no me acredito como Interventor, Donde voto?
Si no te presentas como interneventora en la mesa antes de las 8:30, pierdes la posesión de tu cargo, pero tienes que votar en la mesa en la que estabas desiganada como interventora, si tu patido ya te ha presentado como interventora. Dado que los partidos tienen que presentar los nombres de los interventores al menos con 3 dias de antelacion al de la elección, te aconsejo que llames o contactes con tu responsable de zona para que ellos puedan asignar a otra persona en tu mesa si tienen tiempo
Para que un apoderado pueda estar presente en el escrutino de una mesa, ¿debes estar presente en su constitución? ¿debe avisarlo con antelación a los miembros de la mesa, o basta con aparecer allí en el momento del escrutinio?
Ejercí mi derecho al voto, pero me olvide de pedir un justificante en la mesa electoral. Si no lo llevo al trabajo perderé un día de fiesta. ¿Donde puedo conseguirlo? Soy de Zaragoza.
En cada circunscripción se ha hecho de forma diferente: en unas pagaron en el acto, en otras, mediante cheque y en otras, por transferencia. Depende de la Subdelegación del Gobierno.
Hola, ¿Puede alguien de una comunidad autónoma ser interventor o apoderado en las elecciones de otra comunidad autónoma por el hecho de colaborar con su partido político?
Fui responsable de administracion en las elecciones pasadas, las generales. Cuando ingresan el dinero al responsable de administracion? Cuanto tardan? Gracias
Hola siendo Policia Local te puedes presentar a unas elecciones municipales en un municipio distinto en el que trabajas, es que tengo entendido que en este caso hay alguna jurisprudencia.
Gracias.