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sábado, 04 de febrero de 2012
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Sistema Electoral
Sistema Electoral para el Congreso
Distribución territorial de los escaños al Congreso
Sistema para el Senado

Sistema electoral para el Senado

Al igual que en el Congreso, para la elección de los miembros del Senado se sigue los criterios que fueron fijados en la Ley para la Reforma Política y en el Real Decreto Ley de normas electorales de 1977. El artículo 69 de la Constitución reconoce el carácter de Cámara de representación territorial del Senado y establece las líneas del sistema electoral:


Composición de la Cámara:

La Constitución no define el número de senadores que componen la Cámara, ya que, además de los senadores que se eligen por sufragio directo en unas elecciones generales, se contempla la designación de otros, por parte de las Comunidades Autónomas y sus Cámaras legislativas, cuyo número depende de la población (Aproximadamente, uno por cada millón de habitantes).

En las elecciones generales se eligen 208 senadores repartidos en las siguientes circunscripciones:
• En cada provincia, salvo las insulares, se eligen cuatro senadores. En total, 188.
• En cada isla o agrupación de ellas se constituirá una circunscripción electoral para la elección de senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores (Gran Canaria, Tenerife y Mallorca) y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma. Suman 16.
• En Ceuta y Mellilla se elegirán dos senadores en cada una de ellas. Total, cuatro.


Fórmula electoral

La LOREG ha establecido para la elección al Senado un sistema mayoritario corregido, con listas abiertas: para elegir a los cuatro senadores de cada circunscripción, cada elector podrá dar su voto a un máximo de tres candidatos.

De esta manera se pretende que ningún partido obtenga la totalidad de escaños en litigio, y dar entrada al menos a dos fuerzas políticas distintas en cada circunscripción. Habitualmente, el partido que más votos obtiene consigue tres escaños, y el segundo un escaño.

En muchas ocasiones se han planteado que para una regeneración democrática era necesario abrir las listas de candidatos al Congreso y permitir que los ciudadanos puedan elegir, entre las diferentes listas, a los candidatos que prefieran, sean de un partido o de otro. Sin embargo, la experiencia ha demostrado que en el Senado, en donde hay listas abiertas y los ciudadanos pueden votar a los candidatos que prefieran, el elector tiende a votar a los candidatos de un mismo partido y, en muy pocas ocasiones, reparte su voto entre varios partidos.

Sin duda, el voto en listas abiertas es más plural, pero requiere un conocimiento de los candidatos que en estos momentos no tienen todos los electores. Quizá, si se utilizara, obligaría a los partidos a hacer un esfuerzo en ese sentido.

 

 

Comentarios
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Javier - listas abiertas?   | | 06-06-2011 09:47:45
Buenos días, una reivindicación constante es la de listas abiertas para el Congreso, pero ya existen en el Senado, y no tienen efectos (la gente suele votar a los tres candidatos del mismo partido). Creo que estaría bien que cada elector pudiera votar hasta 4 senadores (o 3, 2, 1 o cero, según su deseo), para empezar a cambiar la visión sobre las listas abiertas
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