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Convocatoria de elecciones
La convocatoria se efectúa mediante Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía, que se publica en el BOJA.
El Decreto fija la fecha de la votación, que no podrá estar comprendida entre los días 1 de julio a 31 de agosto, y la fecha de la sesión constitutiva del Parlamento, que tendrá lugar dentro de los 25 días siguientes al de las elecciones.
Contiene también el número de diputados a elegir en cada circunscripción
Además, el Decreto de convocatoria se insertará íntegramente en el Boletín Oficial de las ocho provincias en los ocho días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y será ampliamente difundido por prensa, radio y televisión en el mismo lapso de tiempo.
Sistema electoral
La circunscripción electoral es la provincia.
El Parlamento está formado por ciento nueve diputados. A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de ocho diputados. Los cuarenta y cinco diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población.
La atribución de escaños en función del resultado del escrutinio se realiza aplicando el método d'Hont.
La barrera electoral está fijada en el 3 por ciento.
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