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miércoles, 08 de febrero de 2012
ADMÓN. ELECTORAL: ¿Qué son las Juntas Electorales? PDF Imprimir E-Mail

Las Juntas Electorales son organismos independientes compuestos mayoritariamente por jueces y magistrados elegidos mediante sorteo para asegurar la máxima imparcialidad. Es una administración jerarquizada, en la que las Juntas superiores tienen asignadas potestades sobre las inferiores, como la de resolver reclamaciones y recursos.

En el caso de unas elecciones generales, las que operan son la Junta Electoral Central (JEC), las Juntas Electorales Provinciales (JEP) y las Juntas Electorales de Zona (JEZ).

Estos organismos arbitrales no disponen de medios propios, ni materiales ni humanos, sino que son otras Administraciones las encargadas de facilitárselos.

Además, los miembros de las Juntas electorales son inamovibles y sólo pueden ser suspendidos en sus funciones por delitos o faltas electorales, previo expediente abierto por la Junta Superior correspondiente. La Junta Electoral Central es competente para acordar la suspensión de sus propios miembros.

 
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